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miércoles, 5 de febrero de 2014

Sobre el apego o la vinculación



El apego es un vínculo afectivo especial que establece un individuo respecto a otro que entiende como importante e irremplazable, por presentar las siguientes características: base segura, búsqueda de proximidad con respecto a la figura de apego, especificidad de la figura de apego (en la infancia suele ser la madre y/o el padre), protesta de separación y modelos internos operativos, relativamente estables, inconscientes y consistentes, que reflejan la percepción que tiene el sujeto respecto a la accesibilidad y la capacidad de respuesta de la figura de apego. El apego es un constructo hipotético, pero las conductas de apego sí pueden observarse. Para desarrollarse  intelectual, emocional, social y moralmente, el niño necesita, en cada de estas áreas, gozar regularmente y durante un largo período de su vida de un vínculo afectivo fuerte, cercano, recíproco y estable, el cual desempeña una función muy importante en su bienestar. El vínculo o apego es una relación afectiva positiva, incondicional y duradera que se caracteriza por el placer mutuo de estar juntos y el deseo de mantener ese cariño. Las interacciones positivas con personas que lo cuidan de forma estable generan en el niño un sentimiento de bienestar y van creando una seguridad básica. El niño necesita recibir de su madre/padre o persona que lo cuida demostraciones de cariño, y atención, de un modo continuo, diario y estable. Así el niño va desarrollando seguridad y confianza y el sentimiento de ser valioso e importante. El niño necesita dar y recibir afecto. Para el niño el vínculo de apego es totalmente indispensable y necesario para un desarrollo adecuado. La calidad del vínculo o apego está determinada por la capacidad del adulto de ponerse en el lugar del niño, de lograr sentirse como él se siente. En la iniciación y mantenimiento de un vínculo de afecto positivo es muy importante la sensibilidad de la madre/padre a las señales del niño.



Los patrones de interacción entre la madre o el padre y los niños, una vez establecidos, tienden a persistir en la mayoría de los casos. Una causa de dicha persistencia es el modo en que el progenitor trata al niño, ya que, para bien o para mal, tiende a continuar sin cambios. El modo en que un cuidador trate a un niño determinará, en gran medida, su personalidad.



Los progenitores que son sobreprotectores, o que maltratan a sus hijos, o que sufren adicciones, depresiones u otras enfermedades psiquiátricas, tienden a desviar el desarrollo de sus hijos a niveles subóptimos. Por el contrario, los progenitores cálidos, afectivos y que apoyan las iniciativas de sus hijos y sus necesidades de exploración, tienden a tener niños que crecen mentalmente sanos y psicológicamente maduros y creativos (Franz y colaboradores, 1994). Cuando no existen obstáculos a mayores, se logra establecer un adecuado vínculo afectivo entre los progenitores y sus hijos. Al existir un apego seguro, existe óptimo desarrollo físico-nutricional, no se interfiere en el aprendizaje del menor por ensayo-error, no se busca manipular el comportamiento del menor en función de la propia angustia, se comprende e interacciona de un modo natural con el mundo infantil-simbólico del niño.


jueves, 31 de octubre de 2013

Psicología Forense


En palabras de J. Urra (1993) es “la ciencia que enseña la aplicación de todas las ramas y saberes de la Psicología ante las preguntas de la Justicia, y coopera en todo momento con la Administración de Justicia, actuando en el foro (tribunal), mejorando el ejercicio del Derecho".

De todos es conocida la importancia de la prueba pericial en el contexto legal, pero no tan conocidas son las múltiples áreas de intervención del psicólogo forense.

En el ámbito penal valorando la imputabilidad del procesado y el riesgo delictivo, los trastornos psicopatológicos, toxicomanias, agresiones sexuales, las posibles eximientes, atenuantes, agravantes, la responsabilidad criminal, situaciones de maltrato, posibles secuelas de las victimas, daño moral y el estrés postraumatico.

En el derecho de familia, se aplica a los procesos de tutela, protección de menores, guarda y custodia (capacidad de los cónyuges), régimen de visitas y seguimiento del mismo, adopción y tutela de menores, procesos de acogimiento familiar, emancipación de menores, efecto psicológico de la separación y el divorcio, procesos de nulidad o privación de la patria potestad.

En derecho civil, interviene en las cuestiones referentes a  incapacitación de adultos, internamientos psiquiátricos voluntarios e involuntarios, capacidad testamentaria e impugnación de testamentos, valoración de las secuelas psicológicas y declaración de prodigalidad, entre otros.

En el terreno laboral tiene su ámbito de desarrollo en los accidentes y las posibles secuelas psíquicas de éstos, la incapacidad laboral, las psicopatologías laborales (burn out) y el, tan lamentablemente de moda, mobbing o acoso laboral.

En el ámbito de los menores resulta de utilidad en la valoracion de la credibilidad de testimonio, el estado psicológico, la evaluación de maltrato y las medidas alternativas a la prisión y su cumplimiento.

Finalmente, encuentra amplio campo de acción en el asesoramiento a profesionales del derecho, ayudándoles en la reconstrucción de la demanda pericial, la seleccion de los medios de prueba a solicitar, los procesos intervinientes en la identificación y en el planteamiento de los interrogatorios.

En algunos casos, el/los peritos deberán ratificar verbalmente su informe en presencia judicial y someterse a las aclaraciones de las partes, según lo establecen los Art. 346 y 347 de la Ley Civil.