miércoles, 11 de diciembre de 2013

Trastornos con componentes agresivos y relación con conductas delictivas I

TRASTORNOS RELACIONADOS CON SUSTANCIAS:
El índice de delincuencia, que de manera elevada existe en torno a la drogadicción, depende de varios factores que pasamos a exponer a continuación (Cabrera y Fuertes, 1997):

- De la obtención de la droga que, dado su elevado valor en el mercado clandestino, obliga al sujeto a robar, prostituirse, estafar, etc., para obtener la sustancia a la que es adicto.

- De los efectos directos de la droga en el sujeto, esto es, la posible aparición de trastornos psicóticos inducidos por sustancias, reacciones de ansiedad, delirium, estados de agresividad y confusionales. Durante estas situaciones el drogodependiente puede cometer con frecuencia delitos tales como lesiones, atentados sexuales, e incluso homicidios.

- De la personalidad previa del toxicómano. En este sentido, existen grandes polémicas sobre si el drogadicto presenta alteraciones previas de la personalidad, o lo que es lo mismo, si existe un "perfil de personalidad del drogodependiente". Aunque no hay datos concluyentes parecen que existen rasgos de personalidad relativamente estables y homogéneos en los drogodependientes. Lo que no está claro es si son dichos rasgos los que precipitan al consumo de tóxicos o si por el contrario es el consumo de sustancias el que altera o modifica la personalidad de los drogodependientes.
 
Hay que tener presente que muchos trastornos de la personalidad tratan de compensar sus insuficiencias con el consumo de tóxicos. En otras ocasiones, estados psicopatológicos latentes (ej. esquizofrenias) afloran al ser precipitados por el consumo de tóxicos, y finalmente, personalidades con rasgos específicos de inestabilidad, impulsividad y escasa tolerancia a la frustración se descompensan con la ingesta de determinadas drogas, realizando conductas violentas que son seguidas de estados amnésicos completos (Cabrera y Fuertes, 1997).

Mención especial merece el llamado "síndrome de abstinencia". La reforma del Código Penal español considera como eximentes de responsabilidad tanto la intoxicación plena como el síndrome de abstinencia siempre y cuando la afectación sea tan intensa que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión y no haya sido buscada con el propósito para delinquir (Cabrera y Fuertes, 1997).

Siendo los legisladores conscientes de que las drogodependencias son un problema de primera magnitud han previsto la adopción de una serie de medidas de seguridad que sustituyen a la prisión (Art. 96 y 102 del C.P.) quedando a criterio del Tribunal sustituir las penas privativas de libertad por internamientos en centros de deshabituación cuya estancia no podrá exceder en ningún caso al tiempo de condena que le hubiera correspondido de habérsele aplicado una pena privativa de libertad (Cabrera y Fuertes, 1997).

Son una minoría los sujetos esquizofrénicos que cometen algún tipo de conducta antisocial punible (Howells, 1982). Estas personas son probablemente más arrestadas por sus delitos que el resto de los delincuentes. Esto puede causar una impresión aparente de gran criminalidad asociada a este diagnóstico.

Al hablar de la conducta antisocial y violenta en esquizofrénicos debiera distinguirse entre la conducta antisocial que estos pacientes presentan fuera de las fases activas del trastorno y la que pueden presentar durante ellas. La fase activa favorece la aparición de agresión verbal o física en algunos pacientes, no en todos, y esta agresión puede estar relacionada con la naturaleza del síndrome psicopatológico del sujeto (Llorente, 1987).

De los delitos cometidos por los esquizofrénicos, los más frecuentes son los delitos de lesiones y amenazas. Le siguen en orden de frecuencia los cometidos contra el patrimonio y el orden socioeconómico (robos y hurtos) y mucho más alejados los delitos contra el orden público (Cabrera y Fuertes, 1997).

La conducta delictiva del esquizofrénico se caracteriza por su falta de historicidad biográfica, es decir, no hay justificación lógica para la misma. La falta de motivación de los delitos del esquizofrénico es notoria y, en general, no hay intereses encontrados con la víctima ni otros motivos, simplemente ocurrió. Esta ausencia de motivación e incomprensibilidad son quizá el aspecto que más angustia a la sociedad y que contribuye a mantener un temor hacia la esquizofrenia. Además, es muy típico que las conductas delictivas sean conductas frías, crueles, brutales, rudas, desproporcionadas y sin arrepentimiento. Casi nunca se llevan a cabo con cómplices y nacen súbitamente, fruto de una inspiración delirante (Cabrera y Fuertes, 1997).

Podemos decir que de forma general estos enfermos no contravienen significativamente el Código Penal, excepción hecha del enfermo agudo, no tratado y sin ninguna medida de control, en el cual la peligrosidad obviamente es alta no sólo por la enfermedad en sí sino también por la actitud que muchas veces la sociedad toma ante ellos.

Consideraciones y matices muy diferentes merecen la criminalidad y peligrosidad del Trastorno Delirante (Paranoia) que radica en dos vertientes (Cabrera y Fuertes, 1997):

Por un lado su aparente normalidad psíquica, ya que sólo está afectada una parcela del psiquismo (aquella a la que se refiere su delirio), y el resto de su personalidad está bastante bien homogeneizada con su medio social.
 
Por otro lado, la potencial agresividad que produce el fuerte convencimiento de sus ideas delirantes.


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